Las 12 medidas clave del Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

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La modificación legal fue promulgada a mitad de semana y permitirá contar con una herramienta más efectiva a la hora de perseguir que los padres estén al día con esta obligación hacia sus hijos e hijas. 

 

El abandono deliberado de miles de niños, niñas y adolescentes por parte de los padres que no cumplen con el pago de la pensión de alimentos es un problema grave y el Estado no ha sido capaz de responder adecuadamente.

Esta semana, el Presidente de la República promulgó la ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, el cual será 100% digital, será administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación y comenzará a regir dentro de un año.

Este registro quiere ser una herramienta más eficaz a la hora de perseguir a los deudores de pensiones de alimentos, toda vez que la evidencia indica que las sanciones de arresto no han sido efectivas.

La iniciativa se inició por un mensaje presidencial y se fundamenta en que el derecho-deber alimentario constituye un derecho humano, que al Estado le corresponde respetar, promover y darle efectividad a favor de los niños, niñas y adolescente.

El gobierno apuesta a que este registro terminará con la impunidad en el pago de pensiones de alimentos, al generar graves restricciones patrimoniales y de acceso a diversas prestaciones a todos quienes tengan este tipo de deudas.

 

84% era el porcentaje de pensiones adeudas antes de los retiros del 10% de las AFP, afectando ello a más de 70 mil niños, niñas y adolescentes

 

En este registro subyace el principio de corresponsabilidad parental, en donde los padres deben tener los mismos deberes, responsabilidades, derechos y oportunidades en el ámbito familiar, particularmente en el resguardo de los intereses superiores de los hijos; lo que se traduce en la modificación de los procedimientos administrativos y judiciales en materia de retención y pago de pensiones alimenticias adeudadas, además de otras medidas que promuevan y garanticen el cumplimiento de las pensiones alimenticias.

Las 12 medidas

• Al solicitar un crédito bancario por una suma igual o superior a 50 UF, la entidad financiera retendrá parte de los fondos para pagar la deuda.

• Durante el proceso devolución de impuestos, la Tesorería General de la República retendrá el dinero correspondiente a los deudores.

• Si el deudor vende su inmueble o su vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir el traspaso, solo en la medida que se acredite judicialmente que, con las ganancias de la venta, se pagarán los alimentos.

• Los deudores no podrán renovar sus licencias de conducir ni sus pasaportes, a menos que se acredite frente al tribunal la necesidad de tales documentos.

• Los deudores no podrán recibir beneficios económicos públicos o bonos del Estado. Esos fondos se destinarán al pago de las deudas.

• Se retendrá parte de las remuneraciones de los gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil, cuando tengan deudas alimenticias.

• Cuando alguno de los tres poderes del Estado quiera realizar contrataciones o ascensos, si la persona en cuestión tiene alimentos pendientes, se le retendrá un porcentaje de su sueldo para cancelar la deuda. Dicha norma también se aplica para todos los cargos de elección popular y de alta dirección pública.

• Las personas que están obligadas a realizar Declaración de Intereses y Patrimonio, deberán declarar sus deudas alimenticias.

• Se establece como delito de violencia intrafamiliar el no pago reiterado de pensiones alimenticias.

• Se modifica el Código Civil, incorporándose la deuda de pensión de alimentos como un crédito de primera clase.

• Si una persona es despedida de su puesto de trabajo y, a la vez, es deudora, pagará la pensión alimenticia a través de la indemnización por años de servicio.

• Se establece como parte de la evaluación de idoneidad que se realiza a los solicitantes que postulen a la adopción de un niño, niña o adolescente, la verificación de no encontrarse inscritos en el Registro.

 

46% de las madres no convive con el padre de sus hijos y, de ellas, el 65% no recibe contribución alguna de pensión en Chile, según la encuesta Cadem de noviembre del año pasado.